Hablaremos hoy de los derechos de los consumidores en rebajas, por lo que en primer lugar hay que diferenciar, a grandes rasgos, a qué supuestos nos referimos:
- SÍ: personas que adquieren bienes o servicios para su uso personal de personas o empresas que se dedican a la comercialización de aquél bien de forma habitual y profesional.
- NO: empresarios o empresas que adquieren bienes o servicios para uso profesional de otros empresarios o empresas.
- NO: particulares que adquieren bienes de otros particulares que no se dedican a su comercialización de forma profesional.
En primer lugar, conviene apuntar que los derechos de los consumidores son irrenunciables, por ejemplo: no se puede renunciar a una posible reclamación antes de la compra. Entonces, vamos a recordar los derechos principales de los consumidores:
- INFORMACIÓN CORRECTA. El producto deberá llevar incorporada nombre y dirección del productor; la composición del producto; lote, fecha de producción y fecha de caducidad; instrucciones o indicaciones de uso correcto; y las advertencias sobre posibles riesgos; al menos en castellano, como lengua oficial del estado español.
- PROCEDIMIENTOS EFICACES PARA LA DEFENSA DE SUS DERECHOS. En caso de que existan canales de información, reclamación, etc. deberá garantizar la constancia de la interposición de la reclamación o queja, y responder en el más breve plazo posible, siendo el máximo un mes.
- DERECHO DE DEVOLUCIÓN. La devolución de cualquier producto que no sea defectuoso adquirido en una tienda física dependerá de la política de cada establecimiento, las únicas obligaciones son informar sobre la posibilidad y forma de devolución y no establecer ninguna penalización al consumidor, por lo que es recomendable preguntar o fijarse en las condiciones que puedan reflejarse en los tiquets de compra.
Debemos señalar aquí, que, para los casos de compras por internet, el de devolución, es un derecho que tiene siempre el consumidor, igualmente por catorce días sin justificación ni penalización. Aquí hay que señalar que el empresario solo se hará cargo de los gastos de devolución si se compromete a ello, pero no es una obligación. Recomendamos que antes de adquirir un producto, se busquen los datos de la empresa y se compruebe la existencia de un domicilio físico al que poder dirigir una reclamación en caso que fuera necesario.
En cualquier caso, en supuestos de devoluciones, si se devuelve un producto que se adquirió fuera del período de rebajas, deberá devolverse el importe por el mismo abonado, sin que sea lícito devolver el importe rebajado, puesto que se consideraría un enriquecimiento injusto.
- JUSTIFICANTE DE COMPRA. El consumidor tiene derecho a que le sea entregado el recibo justificante, copia o documento acreditativo del contrato realizado con las condiciones esenciales, de forma gratuita; debiendo autorizarlo si va a recibir la factura en medios electrónicos.
- SOLUCIÓN ANTE LA FALTA DE CONFORMIDAD. Si el producto no es conforme a lo acordado o solicitado, el consumidor podrá elegir entre pedir su reparación o su sustitución; agotadas estas dos vías podrá pedir bien una rebaja del precio o bien la resolución del contrato, con la consiguiente devolución del producto y del dinero. Dispondrá para ello el consumidor de un plazo de dos años.
- INFORMACIÓN SOBRE LAS FORMAS DE PAGO. La forma de pago admitida deberá ser la misma que el resto de la temporada, o bien, de modificarla, deberá dejar constancia escrita de ello.
- PRECIO REALMENTE REBAJADO. En cuanto al precio: debe figurar el precio anterior del artículo, así como el precio rebajado, siendo el precio anterior el menor aplicado a los mismos productos durante los treinta días anteriores.
- HOJAS DE RECLAMACIÓN. El consumidor podrá solicitar la Hoja de Reclamaciones, las cuales deben estar a su disposición igualmente en período de rebajas. Se recomienda, además, hacer fotos de los supuestos «fraudes» y acudir a las autoridades autonómicas para denunciar este hecho. En el caso de Baleares, debe presentarse la denuncia o reclamación en el Portal del Consumidor del CAIB.
- PUBLICIDAD. Los anuncios de los productos son vinculantes. Por tanto, si el establecimiento ofrece unos productos con unos descuentos, debe disponer de ellos.
Finalmente cabe decir que los procedimientos judiciales en materia de consumidores se llevan a cabo generalmente, en el domicilio del consumidor, de forma que se evitarían desplazamientos molestos en caso de reclamación en los tribunales.
Xisca Mª Vallespir Vicens – Abogada
